- culpabilidad
- 1. Adm. Garantía material o sustantiva del derecho administrativo sancionador que está consagrada en el
artículo 25.1 de la Constitución Española y prohíbe la responsabilidad objetiva.
2. Adm. Exigencia de dolo o culpa en la conducta del acusado para que sea constitutiva de infracción administrativa y pueda ser sancionada.3. Adm. Elemento subjetivo o requisito esencial del concepto de infracción administrativa junto con la tipicidad y la antijuridicidad que consiste en el juicio de reproche imputable a la conducta del acusado que podría haber actuado conforme a derecho y es necesario realizar para poder sancionarlo.4. Pen. Último gran elemento o requisito del delito como presupuesto de la pena que permite la atribución personal del hecho al sujeto activo, autor o partícipe, del mismo.Superada la concepción psicológica de la culpabilidad que hasta los años veinte del siglo pasado se entendía como nexo psicológico de unión entre el sujeto y el hecho, lo que no se da en la imprudencia inconsciente, según la concepción normativa, claramente dominante, culpabilidad es la reprochabilidad o posibilidad de reprochar desde criterios normativos el hecho típico antijurídico al autor, lo que presupone libertad del sujeto o poder actuar de otro modo, posibilidad de conocimiento de la antijuridicidad y exigibilidad subjetiva; otras posiciones minoritarias prescinden de la libertad o la rechazan y conciben la culpabilidad como determinabilidad o motivabilidad normal por la norma, o la vinculan a la necesidad de prevención, especialmente de prevención general de vigencia de la norma, o incluso prescinden de culpabilidad. Las constituciones y los códigos parten como aserción o axioma normativo de la libertad del ser humano en circunstancias normales; así la CE consagra la libertad entre otros muchos preceptos ya enel artículo 1, y el libre desarrollo de la personalidad y la dignidad de la persona en el
artículo 10.1, y elartículo 20, 1.º, 2.º y 3.º, considera eximentes circunstancias psíquicas que impiden poder actuar de otro modo. Por tanto es plenamente defendible el entendimiento de la culpabilidad como posibilidad de reproche jurídico-penal subjetivo por su hecho típicamente prohibido y desvalorando de modo general al individuo que decide y actúa con libertad, con imputabilidad o circunstancias de normalidad y madurez psíquica, con accesibilidad normativa por su imputabilidad y por su conciencia, al menos potencial, de la antijuridicidad o prohibición de su conducta, y por último por estar en condiciones de exigibilidad penal individual, es decir, por no concurrir ninguna causa de exculpación o disculpa que haga entendible el hecho por una situación de inexigibilidad penal subjetiva. Actualmente es teoría dominante que el dolo y la imprudencia no son elementos, formas o grados de la culpabilidad como sostenían el concepto clásico y neoclásico de delito, sino que integran el desvalor subjetivo de la acción y con ello la parte subjetiva del tipo de injusto.
Referenciado desde
actitud interna, arrepentimiento espontáneo, buena fe, capacidad de culpabilidad, causa de exclusión de la culpabilidad, causa de exclusión de la culpabilidad, concepción normativa de la culpabilidad, concepción psicológica de la culpabilidad, conciencia de la antijuridicidad, culpa, culpabilidad atenuada, culpabilidad disminuida o culpabilidad parcial, culpable, deber de cuidado, delincuente por convicción, delito, disposición de ánimo, dolo, dolo, error, error, error de derecho, error sobre la prohibición penal, error subjetivamente vencible, evitabilidad objetiva o evitabilidad subjetiva, evitable, exigibilidad, formas de culpabilidad, garante, grado de culpabilidad, imprevisible subjetivamente, imputabilidad, imputable, imputación subjetiva, incapacidad de delinquir de la persona jurídica, inevitabilidad objetiva, inevitabilidad subjetiva, inevitable, infracción de deber, miedo insuperable, norma de determinación, previsibilidad subjetiva, principio de culpabilidad, principio de personalidad de la sanción, responsabilidad solidaria, responsabilidad subsidiaria, subjetivamente imprevisible, subjetivamente previsible, sujeto responsable, sujeto responsable indirecto, tipo de culpabilidad