Diccionario panhispánico del español jurídico

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cuestión prejudicial

1. Proc. Asunto que, con carácter previo, debe resolverse por una jurisdicción distinta o por la propia que está conociendo de un proceso.
2. Eur. Incidente procesal en el que un órgano jurisdiccional de un Estado miembro formula una pregunta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuando lo estima necesario para resolver un asunto sustanciado en sede interna. Si es un juez de última instancia debe hacerlo obligatoriamente, a menos que siga jurisprudencia anterior.
TFUE, art. 267. STJCE, 6-X-1982; CILFIT, 283/81.
3. Can. Cuestión que debe resolverse antes de decidir una controversia, porque de ella depende la solución que se adopte.
El CIC hace referencia a una cuestión prejudicial en el c. 1674 § 2: «El matrimonio que no fue impugnado en vida de ambos cónyuges no puede serlo tras la muerte de uno de ellos o de los dos, a no ser que la cuestión sobre su validez sea prejudicial para resolver otra controversia».

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