Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Cuerpo de Ingenieros Agrónomos

Sublema de cuerpo
Adm. e Hist.; Esp. Cuerpo de la Administración del Estado al que, históricamente, se accedía directamente tras concluir los estudios de Ingeniero Agrónomo impartidos por las Escuelas Especiales de Ingenieros Agrónomos integradas como establecimientos de la propia Administración.
El Real Decreto de 9 de diciembre de 1877, que reguló las atribuciones profesionales de los ingenieros agrónomos como cuerpos de funcionarios, fue el que estableció dicho acceso directo; acceso que se mantuvo hasta la Ley de 20 de diciembre de 1952, de Reforma de las Enseñanzas Técnicas.