Diccionario panhispánico del español jurídico

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costas procesales de los procesados

Pen. Gastos soportados por los acusados, que serán asumidos por ellos en caso de condena.
«Cuando sean varios los condenados, y además exista una pluralidad de delitos, debe realizarse un primer reparto en razón a estos últimos, distribuyendo luego la parte correspondiente entre los distintos condenados […]. Por tanto si en razón a los delitos le correspondería pagar un tercio de las costas, por el número de acusados le corresponde abonar un tercio de dicho tercio, es decir, una novena parte» (STS, 2.ª, 19-XI-2002, rec. 518/2001).