Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cosa interpretada

Sublema de cosa
1. Eur. e Int. púb. Eficacia de las sentencias del Tribunal Europeo que trasciende la cosa juzgada del caso y produce un efecto general, propio de un precedente vinculante y de una interpretación consolidada del derecho. Res interpretata.
2. Gral. Eficacia propia especialmente de las llamadas sentencias piloto, que resuelven un problema general y estructural, pero no únicamente de ellas.

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