Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cooperación judicial

Proc. Asistencia o ayuda que un tribunal presta a otro a efectos de hacer factible el ejercicio de sus atribuciones o la cumplimentación de sus decisiones.
«En primer lugar, porque no existe disposición procesal en la LJCA —tampoco en la LEC — que obligue a un tribunal interno a tener que dar traslado a las partes litigantes para comentar o interpretar una sentencia prejudicial del TJCE dictada tras utilizar dicho tribunal el mecanismo de cooperación judicial a que se refiere el artículo 234 TCE sobre interpretación de Derecho comunitario» (STS, 3.ª, 30-III-2012, rec. 629/2009).

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