Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cooperación estructurada permanente

Sublema de cooperación
Eur. Mecanismo de la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD) de la Unión Europea por el que aquellos Estados miembros que cumplan determinados requisitos, referidos a su mayor capacidad militar y la voluntad de ejercerla conjuntamente, pueden establecer entre ellos una cooperación militar de mayor intensidad a fin de participar en misiones militares fuera de la Unión.
TUE, art. 42.6; Protocolo n.º 10 sobre la cooperación estructurada permanente establecida por el artículo 42 del Tratado de la Unión Europea.

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