Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cooperación en servicios locales y asuntos de interés común

Sublema de cooperación
Adm. Colaboración entre la Administración General del Estado, las autonómicas y las entidades locales, desarrollada con carácter voluntario bajo las formas y en los términos previstos en las leyes, que puede tener lugar, en todo caso y para la mejora de la eficiencia de la gestión, eliminación de duplicidades administrativas y cumplimiento de la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, mediante convenios o consorcios.
LRBRL, art. 57.