Diccionario panhispánico del español jurídico

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Convención Nacional Constituyente

Sublema de convención
Const.; Ur. Órgano representativo y de carácter electivo que se conforma, bajo uno de los procedimientos previstos en la Constitución uruguaya para su reforma, con el propósito exclusivo de deliberar y redactar uno o varios proyectos de enmienda constitucional, que luego se someten a la aprobación de la ciudadanía en plebiscito.
Se constituye luego de realizadas unas elecciones especiales de convencionales, convocadas por el poder ejecutivo noventa días después de aprobada una iniciativa de reforma por mayoría absoluta de la Asamblea General. Se integra por un número de convencionales que duplica al de los legisladores.