Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

control de la competencia penal a instancia de parte

Pen. Cuestionamiento de la competencia de un órgano judicial para conocer de un determinado asunto a instancia de una de las partes.
«La defensa del acusado se abstuvo de promover la competencia en el momento procesal previsto por la Ley de Enjuiciamiento Criminal en su artículo 19.6.º , al establecer que el procesado podrá promover y sostener competencia dentro de los tres días siguientes al que se le comunique la causa para calificación en el procedimiento ordinario. Y es lo cierto que ni en dicho trámite, ni antes ni después a todo lo largo del procedimiento, la defensa del acusado planteó la cuestión que ahora, de modo manifiestamente extemporáneo, reclama» (STS, 2.ª, 17-IX-2004, rec. 226/2004).