Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

control de identidad

Sublema de control
Pen.; Arg. y Chile Verificación de la identidad de cualquier persona, que la Policía debe realizar sin esperar orden del fiscal, en casos fundados, cuando estime que existe algún indicio de que esa persona hubiese cometido, intentado cometer un crimen, simple delito o falta, o de que se dispusiese a cometerlo, que pudiese suministrar información útil para la indagación de estos hechos o, en el caso de la persona que se encapuche o emboce para ocultar, dificultar o disimular su identidad. También procede en caso de que los funcionarios policiales tengan algún antecedente de que la persona pudiera tener una orden de detención pendiente.
Código Procesal Penal, de Chile, arts. 85 y 86. Decreto Ley 333/58, Ley Orgánica para la Policía Federal, de Argentina, art.5.1.

Referenciado desde