Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

contribución sobre las utilidades de la riqueza mobiliaria

Sublema de contribución
Fin. e Hist. Impuesto directo que grava las utilidades o ingresos procedentes del trabajo, del capital o conjuntamente de ambos.
Se implantó en 1900, con la reforma de Fernández Villaverde, por Ley de 27 de marzo. Es un impuesto nuevo en cuanto a su forma, en cuanto a su fondo (aunque ya se había discutido antes) y en cuanto a su recaudación. Se tributaría mediante un sistema porcentual y progresivo sobre los ingresos líquidos que tiene el sujeto impositivo, aunque inicialmente solo gravó los intereses de la deuda del Estado, provincial y municipal, valores mercantiles y otros que hasta el momento no tributaban. No obstante, la misma idea de gravar los ingresos líquidos fue la que prosperó, por lo que ha sido uno de los más estables a lo largo del tiempo, cambiando su denominación; actualmente es equivalente al impuesto sobre la renta de las personas físicas.