Diccionario panhispánico del español jurídico

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contrato unilateral

Civ. y Merc. Acuerdo contractual que genera obligaciones para una sola de las partes, como el contrato de donación.
Por ejemplo, el contrato de préstamo es un contrato unilateral, pues surgido el contrato con la entrega del dinero prestado, solo produce obligaciones para el prestatario. STS, 1.ª, 22-XII-1997, rec. 3126/1993. Código Civil, de Nicaragua, art. 2443.