- contrato real de superficie forestal
- Gral.; Arg. Derecho real autónomo sobre cosa propia temporario que otorga el uso, goce y disposición jurídica de la superficie de un inmueble ajeno con la facultad de realizar forestación o silvicultura y hacer propio lo plantado o adquirir la propiedad de plantaciones ya existentes, pudiendo gravarla con derecho real de garantía.
Ley 25509 Forestación, art. 5 .