Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

contrato de unión transitoria

Civ.; Arg. Contrato por el que las partes se reúnen para el desarrollo o ejecución de obras, servicios o suministros concretos, dentro o fuera de la República.
CCCN, art. 1463. Pueden desarrollar o ejecutar las obras y servicios complementarios y accesorios al objeto principal.

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