Diccionario panhispánico del español jurídico

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contrato de seguro voluntario de automóviles

Merc. Contrato de responsabilidad civil voluntario, que cubre las posibles indemnizaciones a terceros por encima de las cantidades incluidas en el seguro obligatorio.
El seguro voluntario, por lo mismo que ofrece plena sustantividad aunque sea compatible con el obligatorio, habrá de ser convenido y documentado con independencia de este según previene el artículo 1.º del Reglamento de 19 de noviembre de 1964 y se regirá por sus específicos pactos tal como preceptúan los artículos 383, n.º 9, y 385 del CCom, en razón de lo cual esta sala tiene proclamado que, aun cuando el seguro voluntario aparezca concertado como complemento del obligatorio, conserva sus genuinas notas y no puede identificarse con el otro ni atribuírsele efectos que son específicos de distinta modalidad, porque si aquel siempre responderá a los criterios culpabilistas informadores de los artículos 1902 y siguientes del Código Civil , por muy progresiva que sea la interpretación jurisprudencial más reciente, el seguro obligatorio obedece a principios de responsabilidad objetiva atenuada. STS, 1.ª, 23-X-1980.