Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

contrato de coyunda

Civ. e Hist. En el derecho del Alto Aragón, contrato de derecho consuetudinario, verbal y temporal, por el cual el dueño de un animal de labor hace entrega de él a quien posee otro, para que formando pareja utilice los dos y los cuide todo el año, a excepción de determinado número de días en que deberá laborear las tierras del cedente o ayudar al mismo en las faenas de acarreo y trilla de las mieses; este mismo contrato se puede realizar cuando los dueños de uno o de ambos animales son varios. El fin es el uso común de los animales en beneficio de ambas partes. Se necesita que ambos animales tengan características similares, por lo que actúan apreciadores para comprobarlo, con el deber de una de las partes de pagar la diferencia de valor si existe; ambas partes se comprometen a cuidar de los dos animales en el tiempo que les correspondan y pagar los gastos de mantenimiento, en el caso de que sean extraordinarios, cuando no estén en su poder, así como las desgracias que puedan sufrir los animales fortuitamente. Del mismo modo, reciben a medias las ventajas, como crías, arriendos, etc. También se conoce como dar una bestia a suerte.

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