Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

contrato de consignación

Merc. Contrato por el que una de las partes (consignante o tradens) entrega a la otra (consignatario o accipiens) determinadas cosas muebles, cuyo valor se estima en una cantidad cierta, obligándose ésta a procurar su venta dentro de un plazo, entregando al consignante el valor estimado de las cosas que venda y el resto de las no vendidas.
En España es un contrato atípico. En Colombia se regula en el Código de Comercio art.1377.