Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

contrato de compraventa prohibida

Civ. Contrato realizado por personas no capacitadas para concluirlo, o que tiene por objeto cosas que no son susceptibles de compraventa.
El tutor no puede comprar bienes de la persona tutelada, el mandatario no puede adquirir bienes que tenga a su cargo para administrar o enajenar, los albaceas no pueden comprar bienes a su cargo. El personal judicial no puede comprar los bienes y derechos que estuviesen en litigio ante el tribunal en que ejerce sus funciones. CC, art. 1459.