Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

contrato de compraventa de cosa futura

Civ. y Merc. Modalidad de compraventa en la que el bien o cosa objeto del contrato no existirá hasta un momento posterior. Puede tratarse de una venta en la que el precio se pagará si la cosa vendida llega a existir, o puede también organizarse como una compraventa en la que el comprador se obliga en firme a pagar en todo caso, con independencia de que llegue a existir la cosa adquirida.
CCCN, art.1131.

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