Diccionario panhispánico del español jurídico

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contrato de compraventa con pacto de retro

Civ. Contrato en el que se pacta que el vendedor se reserva el derecho de readquisición de la cosa por un plazo determinado y tras abonar el precio de la cosa y demás reembolsos.
CC, art. 1507 . «El pacto de retracto propiamente dicho solo tiene encaje al tiempo de la perfección de la venta, que es el momento en que el vendedor puede “reservarse” el derecho de readquisición que esencialmente va implícito en el pacto o condición resolutoria del retracto a que alude el artículo 1507 del Código Civil, mientras que el convenio posterior de retransmisión de lo comprado es constitutivo de promesa de nueva venta, que si bien no es equiparable en absoluto al pacto de retraer, produce igual efecto obligacional de cumplimiento de lo pactado por virtud de lo dispuesto en el artículo 1451 del Código Civil» (STS, 1.ª, 6-III-1947).