Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

contrato de arrendamiento para uso distinto del de vivienda

Civ. Arrendamiento que, recayendo sobre una edificación, no tiene como destino primordial satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.
En especial, tendrán esta consideración los arrendamientos de fincas urbanas celebrados por temporada, sea esta de verano o cualquier otra, y los celebrados para ejercerse en la finca una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, asistencial, cultural o docente, cualesquiera que sean las personas que los celebren. LAU, art. 3.

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