Diccionario panhispánico del español jurídico

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contrato de arrendamiento hereditario

Hist. En el derecho consuetudinario valenciano, contrato de arrendamiento de huertas transmisible de padres a hijos, por tácita reconducción. Solo es aplicable cuando los padres arrendatarios son mayores para trabajar y el hijo (generalmente menor) se ocupa del cuidado de sus padres y cultivo de la huerta y bienes de los padres. En el caso de que todos los hijos tengan trabajo, se reparte el arrendamiento entre los que vivan con los padres, adquiriendo idénticos derechos y obligaciones. Dicha transmisión se realiza con consentimiento de los propietarios, que generalmente no tienen oposición a dicha costumbre.