Diccionario panhispánico del español jurídico

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consumación del delito

Sublema de consumación
Can. En derecho canónico, la consumación del delito supone el cumplimiento de los requisitos objetivos del tipo penal: que se verifique enteramente la conducta descrita como constitutiva de delito.
Por ejemplo, en el delito de enajenación de bienes eclesiásticos sin licencia, tipificado en el c. 1377, para que se consume el delito se ha de verificar que se ha producido la pérdida efectiva de la propiedad del bien eclesiástico.