Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

constituyente permanente

Const.; Méx. Órgano o cuerpo colegiado que tiene la facultad de modificar −de manera total o parcial− el texto de una constitución, mediante su reforma, adición o derogación.
Por lo general, el procedimiento de reforma −o enmienda, como suele también llamársele− se trata de un proceso agravado, solemne y con más requisitos que los que la constitución exige para los procesos legislativos ordinarios. La Teoría de la Constitución explica y justifica la existencia del poder revisor de la constitución, en la necesidad de mantener actualizado el contenido de las disposiciones constitucionales con respecto a la realidad social siempre cambiante y la pretensión de protegerlo a través del tiempo. Reformar una constitución implica cambio, modernidad, actualización, ya que no es posible obligar a las generaciones futuras a sujetarse a esquemas que tal vez en otros tiempos correspondieron a la realidad. Y es precisamente el poder revisor de la constitución el órgano encargado de esa trascendente misión.