- consignatario, ria del buque
- Merc. Colaborador del naviero o del propietario del buque, encargado de gestionar los intereses de su principal en tierra.
Ley de puertos del Estado, de 2/2011, art. 259; Real Decreto 131/2019, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la obligación de consignación de buques, art. 2.