conservación de actos Sublema de conservación Adm. Regla que ordena la conservación de las actuaciones administrativas sometidas a impugnación o revisión cuando no están afectadas por la nulidad del acto o el trámite que se impugna o revisa.LPAC, art. 51. ArgentinaLey 19549, de Procedimiento Administrativo, de 3-IV-1972ChileLey 19.880, por la que se establecen las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Organos de la Administración del Estado, promulgada el 22-V-2003ColombiaLey 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, publicada en el Diario Oficial 47956, el 18-I-2011.Costa RicaLey 6227, de 2-V-1978, General de la Administración Pública, de Costa RicaMéxicoLey Federal de Procedimiento Administrativo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4-VIII-1994Referenciado desdeprincipio de conservación del negocioconservaciónconservación de actos procesales