Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Consejo Supremo Electoral

Const.; Nic. Órgano supremo del poder electoral, integrado por siete magistrados propietarios y tres suplentes, al que corresponde, entre otras funciones, organizar y dirigir las elecciones, plebiscitos o referendos que se convoquen de acuerdo con lo establecido en la Constitución y en la ley.
Constitución Política de Nicaragua, arts. 170 y sigs.. Ley n.º 331, Electoral, de Nicaragua, arts. 5 y sigs.