Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

consejo social de las universidades

Adm. Organismo que forma parte del gobierno de la Universidad que tiene atribuida la supervisión de actividades de carácter económico de la misma, así como del adecuado rendimiento de sus servicios. Le corresponde aprobar el presupuesto universitario, las cuentas anuales y su prórroga plurianual.
Ley de Universidades de 2001, art. 14.