Diccionario panhispánico del español jurídico

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Consejo de Italia

Hist. Organismo creado en 1555 por segregación del Consejo de Aragón, con jurisdicción sobre Nápoles, Sicilia y el ducado de Milán. Estuvo formado por un presidente y seis regentes, uno por cada uno de estos territorios y tres españoles, un tesorero, tres secretarios y otro personal. Desde 1595 contó con una secretaría para cada territorio. Sus competencias eran muy amplias en relación con los territorios que abarcaba, tanto gubernativas, de gracia como de hacienda, que no estuvieran asignadas al Consejo de Estado, que tenía asignada la dirección de la política exterior. Tuvo pocas competencias en materia jurisdiccional.

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