Diccionario panhispánico del español jurídico

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Consejo de Hacienda

Hist. Consejo creado en 1523, tras el fracaso del sistema de contadurías, si bien estas no desaparecieron inmediatamente como consecuencia de la creación del Consejo, sino que permaneció la Contaduría Mayor hasta final del siglo con funciones ejecutivas.
La Composición del Consejo de Hacienda se establece por la Ordenanza de 1525, que le atribuye las competencias en la dirección de la Hacienda real. Tiene importantes remodelaciones en 1588, 1602, 1621 y 1691. Entre sus miembros destaca un elevado número de contadores y de él dependía uno de los aparatos burocráticos más complejos del sistema de consejos. Sus competencias eran fundamentalmente de gestión financiera y fue también tribunal superior en los asuntos surgidos con motivo del cobro de las rentas reales, lo que provocaba conflictos, resueltos por el Consejo de Castilla, especialmente a partir de la Instrucción de 1593 sobre la jurisdicción y procedimiento del Consejo de Hacienda, de ahí que dependan de él las Contadurías mayores de Hacienda y Cuentas y el Tribunal de Oidores. De hecho se convirtió en el gestor financiero de toda la monarquía, no solo de Castilla. La importancia de este Consejo y la difícil organización de las finanzas del Estado, en las que convivían el sistema antiguo con el nuevo (especialmente a partir del servicio de millones), hizo que en frecuentes momentos de la historia de este Consejo se limitaran o suplantaran sus funciones mediante el sistema de juntas, especialmente en las últimas décadas de Felipe II y Felipe III, de las que, a título indicativo, pueden mencionarse la Junta de presidentes (1573-1578), creada para estudiar el desempeño del erario, evitar los créditos y proponer la forma de cumplir con los gastos ordinarios y extraordinarios; la Junta del crecimiento de las alcabalas (1574), para convenir con las Cortes el incremento de las mismas; la Junta del encabezamiento (1575), para distribución de la cantidad asignada y su recaudación; la Junta de alcabalas (1579), sobre los mismos temas; la Junta de cuentas del Decreto; la Junta de Millones (1601), etc. Esto significó un complicado sistema de organización que no logró encauzar los recursos de la Hacienda real, que con frecuencia cayeron en bancarrota.