- Consejo de Control de las sociedades cooperativas
- Merc. Órgano de las sociedades cooperativas europeas que tengan domicilio en España. Tiene competencias de representación. Los miembros del consejo son nombrados y revocados por la asamblea general de la sociedad cooperativa. El consejo de control puede convocar a la dirección para que asista a sus reuniones, a efectos normalmente informativos.
Ley 3/2011 , que regula la sociedad cooperativa europea domiciliada en España, arts. 18 y 19.