Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

consejero, ra de familia

Sublema de consejero
Proc.; Arg. Funcionario integrante de los juzgados o tribunales de familia que tiene a su cargo la tarea de autocomposición del conflicto familiar tanto en una etapa inicial, previa al eventual desarrollo del proceso contradictorio, como durante el desarrollo de este.
Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, arts. 830, 832-834 y sigs. «Se incorpora la figura del Consejero de Familia» (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación: Bases para la reforma procesal de familia, capítulo II, http://www.bibliotecadigital.gob.ar/items/show/1718).