Diccionario panhispánico del español jurídico

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conformidad del imputado

Sublema de conformidad
1. Pen. y Proc. Declaración por la cual el imputado acepta la pena más grave solicitada para él por las acusaciones, actuación que hace innecesaria la vista, pudiendo el juez o tribunal dictar sentencia que se acomode a la declaración del imputado, salvo que considere que el hecho no reviste caracteres delictivos, aprecie circunstancias eximentes o atenuantes.
LECrim, arts. 655 , 688, 694, 779, 784, 786 bis y 787.
2. Pen. y Proc. Aceptación que hace referencia a la acusación, lo que significa conformidad con los hechos, su calificación jurídica y la responsabilidad penal y civil exigibles.
LECrim, art. 784.
3. Pen. Aceptación de la pena que se hubiese solicitado en el escrito de conclusiones provisionales.
LECrim, art. 655.
4. Pen. y Proc. Conformidad manifestada en el juicio oral o en el acto de la vista.
LECrim, art. 787 , 688 y 694.
5. Pen. Conformidad total, cuando habiendo varios acusados, todos ellos manifiestan su conformidad; en otro caso, cuando aceptan solo algunos, es conformidad parcial.