Diccionario panhispánico del español jurídico

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conflicto de competencias judiciales

Gral. Situación que se produce cuando dos juzgados o tribunales de distinto orden jurisdiccional, integrados en el Poder Judicial, se consideran competentes (conflicto positivo) o incompetentes (conflicto negativo) para conocer de un determinado asunto.
Se resuelve por una sala especial del Tribunal Supremo presidida por el presidente y compuesta por dos magistrados, uno por cada orden jurisdiccional en conflicto, que serán designados anualmente por la Sala de Gobierno. Actuará como secretario de esta sala especial el de Gobierno del Tribunal Supremo.