- conducta colusoria
- Merc. En derecho de la competencia, conducta prohibida que consiste en acuerdos, decisiones o recomendaciones colectivas, o prácticas concertadas o conscientemente paralelas, protagonizadas por cualquier operador económico autónomo en el mercado, que tengan por objeto o produzcan el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o en parte de determinado mercado (el español, en el caso del derecho estatal español, y el mercado común, en el caso del derecho europeo).Se aplica el derecho europeo cuando la conducta puede afectar al comercio intracomunitario de manera sensible. Las conductas colusorias son nulas y constituyen infracciones administrativas, sin perjuicio de otras responsabilidades.
TFUE, art. 101; LDC, arts.1 y4-6.