Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

condición resolutoria

Sublema de condición
Civ. Suceso futuro e incierto cuyo acaecimiento implica la extinción de la obligación o, en el caso de la sucesión, hace cesar los efectos de la institución de heredero.
CC, arts. 1113 , 1114, 1120 párrafo segundo y 1123. «[...] puesto que el artículo 790 del Código civil permite condicionar la disposición testamentaria y que su artículo 791 lleva, en tal supuesto, al régimen de los contratos para lo no previsto en la Sección de la que el precepto forma parte, se ha venido estableciendo que los efectos de la condición resolutoria cumplida se retrotraen al momento del fallecimiento del testador cuando se trata de transmisión por causa de muerte -sentencia de 8 de julio de 1.924- como resultado propio de la mecánica de la condición de esta clase» (STS, 1.ª, 23-II-2002, rec. 2997/1996).

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