concurso real de delitos Sublema de concurso de delitos Pen. Situación que se produce cuando un mismo sujeto lleva a cabo en un cierto espacio de tiempo dos o más hechos que constituyen dos o más delitos.CP, arts. 73 , 75, 76 y 78.ArgentinaLey 11179, por la que se aprueba el Código Penal, publicada el 3-XI-1921ChileCódigo Penal, promulgado el 12-XI-1874ColombiaLey 599 de 2000, por la que se aprueba el Código Penal, Publicada en el Diario Oficial 44.097, el 24-VII-2000.Costa RicaLey 4573, de Código Penal, publicada en la Gaceta 257, el 15-XI-1970MéxicoCódigo Penal de la Federación, publicado en la Tercera Sección del Diario Oficial de la Federación, el 14-VIII-1931acto copenado, concurso medial de delitos, delito continuadoReferenciado desdeacumulación material de las penas, concurso real de delitos heterogéneo, concurso real de delitos homogéneo, conexión de los hechos, cumplimiento simultáneo de las penas, cumplimiento sucesivo de las penasconcurso medial de delitosconcurso real de delitos heterogéneo