- concurrencia de sanción tributaria y delito fiscal
- Fin. Proyección, en el ámbito tributario, del principio de derecho penal de non bis in idem, en virtud del cual, si la Administración tributaria estimase que una infracción pudiera ser constitutiva de delito contra la Hacienda pública, pasará el tanto de culpa a la jurisdicción competente o remitirá el expediente al Ministerio Fiscal, de modo que no coincidan sobre un mismo supuesto la sanción por una infracción tributaria y la condena por un delito fiscal.
Sublema de concurrencia