Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

concepto

Adm.; Col. Respuesta o informe que emite una autoridad pública a petición realizada en ejercicio del derecho a formular consultas.
Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso-Administrativo, art. 28. «La jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado ha señalado que como regla general los conceptos que se expiden a instancia del interesado no son obligatorios, no crean situaciones jurídicas, y por tanto, no comprometen la responsabilidad de la entidad pública que los expide. Solo en situaciones excepcionales, cuando el concepto cree o modifique situaciones jurídicas, este debe considerarse un acto administrativo, frente a los cuales caben las acciones contencioso administrativas» (Sentencia C-951/14 de la Sala Plena de la Corte Constitucional, de 4-XII-2014).

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