Diccionario panhispánico del español jurídico

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Concejo de Ciento

Sublema de concejo
Hist. Órgano consultivo del Concejo de Barcelona, creado por Jaime I en 1232 (si bien hubo frecuentes modificaciones en tiempos de este mismo rey), formado por los personajes de mayor autoridad, tanto gubernativa y judicial a nivel territorial (gobernador, veguer, baile) como municipal. También denominado Consejo de Ciento.
Aunque existió en otras grandes localidades catalanas, el más significativo es el de Barcelona, y se denominó así porque en el momento de su constitución lo formaron cien personas, si bien cambió a lo largo del tiempo, tanto en su número, personas que lo constituían, sistema de elección y nombramiento, competencias, etc. A sus miembros se les denominó conselleres o consellers, nombrados anualmente, aunque podían ser reelegidos, en un sistema de sustitución, a propuesta de los salientes y eligiendo a suplentes, en un total de doscientos ciudadanos auxiliares, o jurados, que formaban a su vez una corporación. Su forma de elección fue cambiando hacia el sistema de insaculación complejo para elección de consellers y, entre estos, de los cargos fundamentales. Además formaron parte a lo largo del tiempo otros oficiales, como el almotacén, o los cónsules (con funciones judiciales y con autorización del veguer). Adquirió sucesivamente competencias no solo asesoras, sino judiciales, de inspección de cárceles y mercados, de recaudación de tributos y arbitrios municipales, etc. Fue suprimido por los Decretos de Nueva Planta.

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