Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

comunicación procesal

Sublema de comunicación
Proc. Notificación dirigida por el órgano jurisdiccional a las partes en un proceso o a terceros poniendo en su conocimiento una decisión, convocándolos para una comparecencia o la cumplimentación de un trámite procesal. Puede tratarse de notificaciones, citaciones y emplazamientos. Las comunicaciones han de garantizar el derecho de defensa y los principios procesales de igualdad y contradicción.
LEC, art. 166.