Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

comunicación escrita

Pen. Posibilidad que tiene el interno para comunicarse con otras personas mediante la elaboración de escritos o aportación de documentos.
«En los casos en que, por razones de seguridad, del buen orden del establecimiento o del interés del tratamiento, el Director acuerde la intervención de las comunicaciones escritas, esta decisión se comunicará a los internos afectados y también a la autoridad judicial de que dependa si se trata de detenidos o presos, o al Juez de Vigilancia si se trata de penados. Cuando el idioma utilizado no pueda ser traducido en el establecimiento, se remitirá el escrito al centro directivo para su traducción y curso posterior» (RP, art. 46.5.º).

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