Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

comunicación ambiental

Sublema de comunicación
Amb. Documentación mediante la cual el promotor de una actividad o instalación pone en conocimiento del órgano competente de la Administración los datos y demás requisitos exigibles para que se tenga por acreditado el cumplimiento de las condiciones y requisitos técnicos ambientales exigidos para la puesta en uso de las actividades e instalaciones.
Ley 16/2015, de 23 de abril, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, art. 3.