Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

comunero, ra

1. Civ. Persona que posee en común con otra u otras una cosa mueble o inmueble, especialmente de esta naturaleza. También se denomina condómino o condueño.
CC, arts. 401, párrafo segund o, y 1522, párrafo segundo.
2. Adm. Miembro o partícipe de las comunidades de usuarios, cuya participación en las votaciones depende del caudal de su aprovechamiento.
RDPH, anexo I.
3. Adm. Dicho de un pueblo: Que tiene con otro u otros comunidad de pastos u otros bienes.
4. Gral.; Ec. Miembro de una comuna indígena.
La ley de comunas data de los años treinta del siglo pasado, y organizó por mucho tiempo esta forma de convivencia, muy usual en los Andes del Ecuador. Las comunidades tienen ahora reconocimiento e importancia constitucional (Constitución Política del Ecuador, arts. 56, 57 y sigs.).
5. Civ.; Ec. Persona titular de derechos agrarios que los posee en común con otros copropietarios.
6. Hist. Persona que participó en la guerra de las Comunidades de Castilla.
7. Hist. Rebelde que se opuso a las reformas borbóni­cas en la antigua Nueva Granada en 1781.

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