1.
Civ. e
Int. púb. Contrato o convenio entre litigantes por el que acuerdan someter su litigio a jueces, árbitros o componedores amigables.«Mediante el contrato de compromiso dos o más personas estipulan que una cierta controversia, especialmente determinada, existente entre ellos sea resuelta por tercero o terceros, a los que voluntariamente designan y a cuya decisión expresamente se someten» (artículo 12 de la derogada Ley de 22 de diciembre de 1953, de Arbitrajes de Derecho Privado). Este compromiso es la base del arbitraje. Se llama por ello compromiso de arbitraje o compromiso arbitral.