Diccionario panhispánico del español jurídico

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competencia judicial

Proc. Asunto, materia o territorio en el que un juez o tribunal puede ejercer su jurisdicción. El órgano judicial que ha de conocer de un determinado asunto además de tener jurisdicción ha de contar con la competencia específica para conocer del mismo. La delimitación de las competencias de los diferentes órganos jurisdiccionales se hace utilizando, primero, un criterio objetivo, que determina cuál es el órgano jurisdiccional competente teniendo en cuenta criterios de cuantía o la materia sobre la que versa el proceso, y en el caso de la jurisdicción penal la mayor o menor gravedad del hecho enjuiciado; en segundo lugar, un criterio funcional que indica el tipo de órgano jurisdiccional que conoce de los diferentes incidentes que pueden producirse a lo largo de un proceso, como dictar sentencia, recurrir, ejecutar la sentencia, etc. Y en tercer lugar se utiliza el criterio territorial que determina cuál de los diversos órganos jurisdiccionales del mismo tipo que existen puede conocer de un asunto sabiendo la demarcación territorial en que ejerce su jurisdicción.

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