Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

competencia de sustitución

Adm. Competencia que habilita a los poderes federales o centrales a sustituir a los Estados federados o comunidades autónomas en el caso de incumplimientos de las obligaciones internacionales o comunitarias.
En España no existe una previsión concreta en la Constitución; en derecho comparado, artículo 16.4 de la Constitución austriaca.