Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

competencia de supervisión o vigilancia

Adm. Poder de actuación atribuido al Estado o federación para comprobar de modo continuo el cumplimiento de su propia legislación en todo el territorio, especialmente en el caso de ejercicio por los entes infraestatales de competencias encomendadas por delegación.
«Es cierto que la uniformidad constitucionalmente pretendida en los supuestos en que corresponde al Estado la normación sustantiva, legal y reglamentaria, y a las Comunidades Autónomas solo la mera ejecución, quedaría desvirtuada […] si el Estado no tuviera la potestad y el derecho de velar para que no se produzcan diferencias en la ejecución y aplicación del bloque normativo. Incluso en el mismo sistema federal se reconoce una serie de atribuciones a las instancias federales, que, en definitiva se concreta en la función de vigilancia que la federación ejerce sobre las actuaciones ejecutivas de los Estados miembros» (STC 76/1983).