Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

comparecencia personal

Sublema de comparecencia
Pen. Obligación que puede imponerse al reo condenado a una pena privativa de libertad cuya ejecución ha sido suspendida, de presentarse personalmente con la periodicidad que se determine en la sentencia, ante el juez o tribunal, dependencias policiales o servicio de la Administración designado, para informar de las actividades realizadas y justificarlas.
CP, art. 83.1.5.ª.

Referenciado desde